Objetivo #
Este manual tiene como objetivo la correcta emisión de CFDIs de los documentos fiscales en LOVIS EOS.
Este manual aplica a la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales de México de acuerdo con la normativa del SAT.
Requisitos Previos #
Es importante tomar en cuenta las siguientes consideraciones para que se emitan correctamente los CFDIs.
Catálogo de Ítems #
Clave SAT: Es necesario indicar el código SAT que aplica para cada ítem. Esto se indica en el campo “Código SAT” en la Edición de Datos del Catálogo de ítems.
Uso del CFDI: Es la clave que mejor describa la utilidad que se le dará a la factura para la deducción del comprobante de acuerdo con el Catálogo del Uso del CFDI del SAT. Por ejemplo, adquisición de mercancías referente a la compra de bienes tangibles o gastos en general cuando se incurre en un gasto que no está directamente ligado a la compra de mercancía.
Indicar el uso del CFDI que aplique para el ítem. Si el cliente necesita un uso del CDFI diferente al que está en el Catálogo de Ítems, entonces se deberá indicar este uso del CFDI en el Catálogo de Entidades. Si el cliente necesita un uso específico para un ítem determinado tiene, entonces se deberá indicar en Parámetros de Distribución.

Diccionario de Unidades #
La ruta para acceder al Diccionario de Unidades es la siguiente: Funciones/Diccionario de Materiales/Diccionario de Unidades.
SAT: Debe de estar configurada la clave SAT de la unidad del ítem. Ej: la clave SAT de la unidad servicios es la E48.

Nota: este campo es obligatorio y no debe estar vacío, de lo contrario al intentar emitir el CFDI marcará un error de formato de la unidad.
Comercio Exterior: en este campo se debe indicar la clave de la unidad que será utilizada en el complemento de comercio exterior para el ítem de que se trate. Esto aplica en caso de exportaciones definitivas.
Catálogo de Entidades #
Edición de Datos
Es importante validar que la información de la Entidad esté completa, en particular los campos que para el SAT son relevantes y se encuentran en Edición de Datos del Catálogo de Entidades. Estos son:
Denominación: Nombre de la entidad sin incluir el régimen societario y debe de estar en mayúsculas.
RFC: Validar que el RFC del cliente sea correcto. El RFC debe ponerse sin guiones.
Nota: en caso de que la denominación fiscal del cliente no coincida con el RFC, al emitir el CFDI marcará el siguiente error: {“Message”:“El campo Nombre del receptor, debe pertenecer al nombre asociado al RFC registrado en el campo Rfc del Receptor.“}
Esto es, los datos del receptor proporcionados en LOVIS EOS del Cliente no coinciden con los registros del SAT. Este mensaje puede ser visualizado en el Campo Cadena Digital.
Para verificar los datos fiscales, utilizar el código QR del CSF que les proporcionó su cliente. El enlace de verificación de los datos fiscales es el siguiente:
Código Postal: Validar que el código postal de la entidad sea el actual.
Régimen Fiscal: Indicar el régimen fiscal de la entidad. Nota: este campo es obligatorio y no puede estar vacío.
Uso del CFDI: indicar el uso del CFDI que aplique para la entidad. (Ver nota en el apartado de Catálogo de ítems).

Finanzas
En la pestaña de Finanzas es necesario tomar en cuenta lo siguiente:
Condiciones (método de pago): Si la factura es a crédito, esto es, tiene días de crédito en el campo de Plazo Neto, la interface de facturación asignará el método de pago PPD (Pagos parciales o diferidos). En caso contrario, si el campo Plazo Neto es igual a “0” (Cero), la interface tomará el método de pago clave PUE (Pago en una sola exhibición).
Forma de Pago: Si la factura es a crédito, esto es, tiene días de crédito en el campo el Plazo Neto, la interface de facturación asignará la forma de pago 99. Por Definir. En caso contrario, si el campo Plazo Neto es igual a “0” (Cero), la interface tomará la forma de pago que se encuentra en el campo Forma de pago del Catálogo de Entidades del Cliente.

Diccionario de Documentos #
Validar que el tipo de documento indique el Identificador fiscal del SAT, que es el que indica si es comprobante fiscal de ingresos, egresos o pagos.
Este identificador se coloca en el campo “Clave SAT” y se indican de la siguiente manera:
| CF | I |
| CA | E |
| BI | P |

Diccionario de Series #
Es importante considerar que únicamente se emitirán los CFDIs de las series que tengan activado el parámetro de “Aplica Fiscalmente”.

Nota: Si se da de alta una nueva serie fiscal, es necesario indicar en el campo “Sucursal” la entidad que emite el CFDI.
Catálogo de Contactos #
Tomar en cuenta que los CFDIs que se emitan se enviarán por correo electrónico a un máximo de un contacto por cada Cliente. Es necesario validar que los datos del contacto sean correctos y que tenga activado el parámetro de “Aplica Fiscalmente” en el Catálogo de Contactos asociado al cliente.

Emisión de CFDI #
Factura de Cuentas por Cobrar #
Es importante tomar en cuenta los siguientes puntos al momento de emitir el CFDI:
- Las facturas de cuentas por cobrar (CF) se timbran cuando se aplica el documento. Se toma en cuenta la fecha de aplicación en el CFDI.
- El tiempo máximo para timbrar una CF son 72 horas.
- El tiempo de timbrado es de un máximo de 90 segundos.
- Cuando la CF se timbra exitosamente aparece el folio fiscal.

Ingresos Bancarios – Complemento de Pago #
Es importante tomar en cuenta los siguientes puntos al momento de emitir el complemento de pago (BI):
- El Ingreso Bancario (BI) toma la forma de pago asignada en la Entidad. Pero esta puede ser editada, si el Ingreso se realiza manualmente.
- Los Ingresos Bancarios (BI) timbran cuando éstos se encuentran completamente saldados, es decir, el saldo del documento es igual a “0” o el saldo está dentro de los límites de tolerancia establecidos en el campo Límite de Cancelación en la pestaña de Finanzas de la Configuración de la Empresa.
- El Ingreso Bancario (BI) se timbra con la fecha de la última aplicación entre documentos, qué es cuando se aplica totalmente.
- El Ingreso Bancario (BI) debe estar conciliado para que pueda timbrar. Esto se realiza asignando la fecha en la que efectivamente fue realizó el cobro, registrándola en el campo Conciliado.
- El tiempo de timbrado es de un máximo de 90 segundos.
- Cuando la BI se timbra exitosamente aparece el folio fiscal.
- Los pagos de contado y anticipos no generan complementos de pago.
- El documento (CF) contra el que se aplica un BI debe tener folio fiscal.

Notas de Crédito #
Es importante tomar en cuenta los siguientes puntos al momento de emitir CFDI de las notas de crédito (CA):
- Las CAs timbran cuando éstas se encuentran completamente aplicadas, es decir, el saldo del documento es igual a “0” o el saldo está dentro de los límites de tolerancia establecidos establecidos en el campo Límite de Cancelación en la pestaña de Finanzas de la Configuración de la Empresa.
- LA CA se timbra con la fecha de la última aplicación entre documentos, qué es cuando se aplica totalmente.
- El tiempo de timbrado es de un máximo de 90 segundos.
- Cuando la CA se timbra exitosamente aparece el folio fiscal.
- El documento (CF) contra el que se aplica una CA debe tener folio fiscal.

Corrección de Errores en el CFDI #
En caso de que al emitir un CFDI se haya presentado un error, se tienen que seguir los siguientes pasos:
- Identificar y corregir la causa del error tomando en cuenta los requisitos previos y consideraciones indicadas en este documento.
- Borrar el texto del error en el campo de “Cadena Digital”.
- Aplicar nuevamente el documento para que se timbre correctamente.
Nota: Recordar que el tiempo máximo para timbrar son 72 horas.
Causas comunes por las que no timbre un documento #
Facturas de Ventas #
- El documento ha sido aplicado hace más de 72 horas
- Los datos del cliente no corresponden con los registros del SAT
Complementos de pago #
- La última aplicación entre documentos entre el pago y la factura ha sido realizada hace más de 72 horas.
- El pago tiene un saldo diferente de cero
- La forma de pago del ingreso bancario está vacía
- El ingreso bancario no está conciliado
- Las facturas relacionadas con el ingreso bancario no tienen folio fiscal válido
- El ingreso bancario es un anticipo o pago en el mismo día
